Desde la publicación del REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 1/2009, DE 27 DE FEBRERO, REGULADORA DE LA MEDIACIÓN FAMILIAR EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, se ha convertido en una necesidad legal lo que para todos era una necesidad personal. Los mediadores estamos obligados a una formación continua según establece el apartado tercero del artículo 5 del Reglamento de Mediación de Andalucia. Las personas mediadoras inscritas deberán acreditar una formación continua con carácter trienal, que consistirá en la realización durante ese periodo de nuevos cursos de formación de al menos 60 horas acumulables en materias relacionadas con la mediación familiar. Dicha formación podrá ser impartida por Universidades y Colegios Profesionales, así como por otras entidades públicas o privadas, previa aprobación por el Consejo Andaluz de Mediación Familiar de los planes de formación presentados por estas entidades.
La necesidad de actualizar los conocimientos es ya una obligación legal para todos los mediadores en andalucia
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